Felicidades Shakira, la Audiencia Nacional ha fallado a favor de la barranquillera en la última causa que mantenía abierta con la Agencia Tributaria española por el ejercicio fiscal de 2011, poniendo fin a un largo enfrentamiento legal que se ha prolongado durante casi una década.

El tribunal concluye que no quedó demostrado que la cantante residiera en España el tiempo suficiente como para tener obligaciones fiscales en el país durante aquel año.

La Administración no logró demostrar que Shakira permaneciera en territorio español más de los 183 días que exige la legislación para considerar a una persona residente fiscal. Durante 2011, Shak se encontraba en una extensa gira internacional que la llevó a ofrecer alrededor de 120 conciertos repartidos por 37 países. La defensa de la colombiana sostuvo desde el inicio del procedimiento que ese ritmo de trabajo hacía imposible que hubiera pasado el tiempo mínimo requerido en España. De hecho, la propia Agencia Tributaria situaba su permanencia en 163 días, mientras que ella reconocía únicamente 143.

“no se acredita que radique en España sus intereses económicos, de forma directa o indirecta. Al contrario, el entramado empresarial que se atribuye a la actora, radica fuera del territorio nacional, así como el desarrollo mayoritario de su actividad económica”. Y en ese tiempo solo era enamorada de Piqué no vivía con él, ni tenían hijos.

Ahora les toca a ellos pagar, la Agencia Tributaria debe devolver a Shakira más de 55 millones de euros retenidos durante el procedimiento. Esa cantidad corresponde, según explica la sentencia, a ingresos y capital de trabajo derivados de la gira internacional de aquel año. Y súmale los intereses legales generados durante todo este tiempo, así como los costos judiciales afrontados por la defensa.